miércoles, 22 de junio de 2016

Análisis de la Ley 24-97, Ministerio de la Mujer, estructura y Funciones

Introducción
En este trabajo practico de análisis de la ley N. 24-97, de fecha 27 de enero del 1997, que introduce modificaciones al Código Penal, al Código de Procedimiento Criminar  y al Código para  Protección de los Niños, Niñas y Adolecentes de la Rep. Dom. También estaremos tratando todo relacionado al ministerio de la mujer, como está estructurado y sus funciones. Será un análisis profundo  y  excautivo para dejar bien claro la importancia de esta ley.
Y la forma que está constituido el ministerio de la mujer;  de la forma que este ministerio trabaja en el bienestar y desarrollo de la mujer.
Esta ley N. 24-47 viene hacer una pieza útil y eficaz al desarrollo intelectual  de la mujer dominicana y a su vez en apoyo legislativo a la ley no. 390, la cual le concede el pleno derecho a su capacidad de los derechos  de igualdad y equidad entre el hombre y la mujer a si como su derechos civiles.
Y el reconocimiento de la nacionalidad de la mujer casada, mediante la resolución no. 4750, de fecha 18 de diciembre del 1940.


Desarrollo.
Este tema tan importante como lo es el de la mujer dominicana; podemos destacar que esta ley no. 24-97, es una pieza legislativa útil y eficaz en el desarrollo social dominicano, y en el desarrollo de la vida de la mujer, ya que la participación de ella, en ella es muy activa, en razón a que el rol que juega en el desempeño es el éxito de su adaptación y entendimiento.
No obstante podemos decir, quelas mujeres dominicana son el objeto de la violencia, corresponde al Estado y a los poderes públicos sancionar, a todos aquellos que ejerzan la violencia en contra de la mujer y la violencia intrafamiliar. Ya estos son los problemas socio-culturales que atentan en contra de los derechos humanitarios y que ponen en riesgo el bienestar y desarrollo de esta sociedad en la que está obligada a convivir.
En la Rep. Dominicana, es muy importante la ´´convención  para así evitar las formas de discriminación en contra de la mujer dominicana,´´  así como la creaciones de ´´convenios internacionales para precaver, sancionar y erradicar la violencia en contra de la mujer.´´
La dignidad de la mujer hace necesaria la existencia de legislaciones y disposiciones legales que puedan definir, tipificar y sancionar adecuadamente las infracciones que pueden afectar directamente, con la única finalidad de reguadarla y protegerla, así como sus bienes, con las legislaciones adecuadas y eficaces.
El ministerio de la mujer dominicana tiene su origen en la Dirección de Formación de la Mujer, institución que fue creada mediante el decreto No. 47, del 27 de agosto de 1982, y que colocaba a esta como una dependencia de la presidencia de la Republica.
Ante la necesidad de crear un organismo del Estado que pudiera dirigir, racionalice y articule los esfuerzos relacionados con la promoción de igualdad y equidad de los géneros con instituciones de la Clase Civil de la Sociedad, en fecha 11 de agosto del 1999, se Promulgo la ley N. 86-99 que creó la Secretaria de Estados de la mujer. El 26 de Enero del 2010 fue Promulgada la Nueva Constitución de la Rep. Dom. Que en su artículo 134, que instituye a los ministros.
Mediante el decreto N. 56-10, de fecha 8 de Febrero de ese mismo año, se crearon 19 Secretarios de Estado.
De acuerdo a la nueva legislación correspondiente y establecida en la nueva Constitución de la Rep. Dom. Así surgía el ministerio de la mujer.
1-    Presidente del ministerio: Licdo. Alejandro Guzmán
2-    Vice-ministerio para protección S.de los D. de la mujer
3-     Vice-ministerio del desarrollo del Genero y d , n. discriminación
4-    Vice-ministerio del Desarrollo productivo N. la mujer
5-    Órgano y antes adscritos al ministerio.
6-    Fundación Misión Madres del Bario Josefa Joaquina Sánchez
7-    Instituto Nacional de la mujer.
8-    Banco de Desarrollo de la mujer.
Ministerio de la mujer: sus funciones son las creaciones de programa útil al desarrollo social y la equidad uniendo esfuerzo con aquellas instituciones existente de la  de la Clase Civil.
Para así, poder lograr obtener  un Estado de Derecho donde se respeten los derechos todos y todas, en igualdad.


Conclusión
Pienso que el fundamento para la aplicación de estos  derechos Civiles está consagrada en la constitución, en la ley N. 390 y la ley N. 24-97, las cuales entiendo, son las fuentes que constituyen este derecho. Además constituyen al funcionamiento de una buena democracia institucional. Cuando no se respectan los derechos de los demás existe una infracción que debe ser sancionado como establece la ley.
El derecho de igualdad  y equidad es un derecho de todos y todas, hay que buscar el mecanismo legal para hacer cumplir la ley y las disposiciones legislativas a propiedad por que este derecho no  sea irrespetado.
El ministerio de la mujer; es una institución del Estado que busca unir esfuerzo, para así poder lograr que el derecho de igualdad de Género sea una realidad en nuestra Sociedad.
Existen otras instituciones  que adjunto de esta secretaria de la mujer luchen activamente en campaña para que le sean respectado sus derechos.
    


           



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